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Tema: "Quien señala y acusa está obligado a probarlo" en el caso Arantepakua: Concejo de Kurhikuaeri K'uinchekua
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12/04/2017 #1
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- Pueblo P'urhépecha. Michoacán, México
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"Quien señala y acusa está obligado a probarlo" en el caso Arantepakua: Concejo de Kurhikuaeri K'uinchekua
A LA COMISION DE PUEBLOS INDIGENAS DE LA LXXIII LEGISLATURA
AL H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO
A LA COMISION DE JUSTICIA DE LA LXXIII LEGISLATURA
A LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS DE LA LXXIII LEGISLATURA
AL GOBERNADOR DE MICHOACAN
A LOS PUEBLOS INDIGENAS DE MICHOACAN
A MEDIOS DE COMUNICACIÓN INDEPENDIENTES
P R E S E N T E
REAFIRMANDO, que los actuales pueblos indígenas de México, tenemos derecho a practicar y revitalizar nuestras propias formas de vida, a mantener, proteger y desarrollar todas aquellas manifestaciones pasadas y contemporáneas de nuestra cultura, como lugares arqueológicos e históricos, ceremonias, tecnologías, saberes y artes, tal como lo establecen, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 2º, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como el Convenio 169 de la OIT.
Les hacemos saber que desde el año de 1983 los pueblos P’urhepecha que se han unido a salvaguardar nuestros patrimonio cultural, son las comunidades de TZINTZUNTZAN, IHUATZIO, NURÍO, SAN ANDRÉS TZIRONDARO, ANGAHUAN, PICHÁTARO, TACURO, SANTA FE DE LA LAGUNA, CHERANATZICURIN, ICHUPIO, COCUCHO, UCAZANÁSTACUA, TARECUATO, PUACUARO, SEVINA, JANITZIO, SAN LORENZO NARHÉNI, TIRINDARO, CHERÁN, CARAPAN, PARANGARICUTIRO, PÁTZCUARO, CALTZONTZIN, PATAMBAN, SANTO TOMAS, SAN JERÓNIMO P’URHENCHECUARO, CHILCHOTA TS’IRAPO, BARRIOS DE URUAPAN, JARACUARO, CONGURIPO, NAHUATZEN, TAREJERO, URICHO, ARANTEPACUA, HUANCITO y NARANJA cuyos Tamapu T’erunchiticha (ex cargueros de la ceremonia) conformamos el CONSEJO GENERAL DE LA CELEBRACION DE KURHIKUAERI K’UINCHEKUA. Este Consejo tiene como función social crear estrategias para: Tangaxutantani, P’iskuntani, Patsani (fortalecer, recuperar y salvaguardar) las raíces de nuestro pueblo en lo político, económico, social, educativo, espiritual y cultural.
El pasado 7 de abril de 2017 el gobernador del Estado SILVANO AUREOLES CONEJO, externó en un acto de incineración de narcóticos:
“En Michoacán no titubeamos en el ejercicio de la autoridad, la aplicación de la ley y el Estado de Derecho…" lamentó que en algunos casos 'a nuestras comunidades indígenas también las usen personas ajenas o con intereses particulares o delincuenciales para protegerse de la acción de la autoridad, enarbolando causas de carácter social, muchas de ellas como lo hicieron en el pasado, defendiendo banderas e incluso haciendo uso de los temas religiosos'. Ante esta situación, Aureoles Conejo reiteró "que en Michoacán la aplicación de la ley es pareja y sin distingos para quien la violente”.
El mandatario michoacano resaltó que el objetivo primordial del trabajo coordinado entre el Estado, la Federación y los Municipios, es "garantizar la seguridad permanente de las personas, protegiendo su integridad física y su patrimonio”. Este acto y discurso fue publicado en diversos diarios estatales y nacionales, así como en la página oficial de noticias del gobierno de Michoacán.
Ante lo anterior exigimos:
AL EJECUTIVO DEL ESTADO, en los términos legales y en apego al artículo 2º de la Constitución Política Mexicana; el 3º de la Constitución Política del Estado de Michoacán y de los tratados internacionales en materia indígena ratificados por el Estado Mexicano, se retracte de su acusación pública en contra de nosotros los pueblos originarios de Michoacán, o en su caso, pruebe de acuerdo al “ONUS PROBANDI INCUMBIT ACTORI” (quien señala y acusa) está obligado a probarlo utilizando el PODER JUDICIAL dentro del marco del ESTADO DE DERECHO y no desvíe con dichos las graves violaciones y atropellos hechos a nuestros hermanos de manera recurrente, y, al mismo tiempo anulando las políticas públicas e instituciones de atención a indígenas del Estado, ya que no estamos dispuestos a que se nos siga tratando y menospreciando como parte de la sociedad.
A LAS COMISIONES DE LA LXXIII LEGISLATURA ESTATAL, atraigan al Congreso el caso ARANTEPAKUA y la grave acusación que el Gobernador ha imputado a las comunidades indígenas de Michoacán;
A LA COMISIÓN DE JUSTICIA se vigile lo relacionado con la procuración e impartición de justicia;
A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS: se observe lo relativo a la defensa y preservación de los derechos humanos, se atienda las denuncias sobre violación de Derechos Humanos y se turne a la instancia que corresponda para que la justicia sea expedita y pronta; y
A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS, observe el funcionamiento y/o la creación de organismos públicos que tengan como objetivo la protección, preservación y desarrollo de lenguas, culturas, usos y costumbres, recursos y formas de organización social de los pueblos indígenas asentados en el Estado.
AL PUEBLO P’URHEPECHA DE ARANTEPAKUA le hacemos saber que el Concejo de Kurhikuaeri K’uinchekua, está analizando los caminos para presentar una demanda ante instancias internacionales en contra del Gobierno de Michoacán, por la violación a las garantías y derechos colectivos, así como las demás leyes en materia indígena. Lo ocurrido en Arantepakua no quedará impune, exigiremos la reparación de los daños, sociales, humanos, culturales y materiales que el actual gobierno ha causado al pueblo p’urhepecha.
¡¡¡EXIGIMOS RESPETO AL TERRITORIO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, LA NORMATIVIDAD INTERNA (USOS Y COSTUMBRES)!!!
¡¡¡Juchari Uinapikua!!!, ¡¡¡Juchari Uinapikua!!!, ¡¡¡Juchari Uinapikua!!!
ATENTAMENTE:
CARGUEROS Y EX CARGUEROS DEL CONCEJO DE KURHIKUAERI K’UINCHEKUA.
R U B R I C A S
Comunidad Indígena de Arantepakua, Mich. A 11 de abril del 2017.
Ccp.- H. MIEMBROS DEL FORO PERMANENTE DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LAS CUESTIONES INDÍGENAS. SEDE DE LAS NACIONES UNIDAS, NEW YORK. USA. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
Ccp.- PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA H. CONGRESO DE LA UNIÓN, MÉXICO DF. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
Ccp.- PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA H. SENADO DE LA REPUBLICA, MÉXICO DF. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
Ccp.- PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, MÉXICO DF. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
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