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Tema: Ante iniciativas que pretenden regular la actividad artesanal, se invita a artesanos para adherirse a la carta drigida al gobierno de México
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26/02/2014 #1
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Ante iniciativas que pretenden regular la actividad artesanal, se invita a artesanos para adherirse a la carta drigida al gobierno de México
"La vigencia de los Acuerdos de San Andrés para la defensa y protección de los derechos culturales de los pueblos indígenas. Los derechos de los artesanos y artesanas indígenas un tema pendiente en México para erradicar la discriminación"
Presidente de la República
Diputados del H. Congreso de la Unión
Senadores del H. Congreso de la Unión
Centro de Estudios Sociales y Opinión Pública
P R E S E N T E S:
Los abajo firmantes, artesanos, académicos y miembros de organizaciones no gubernamentales hemos participado desde el año 2010 en diversos eventos organizados por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, FONART, la Universidad Nacional Autónoma de México, la Casa de los 11 Patios de Pátzcuaro, el Centro de Formación y Capacitación Alfarero, San Miguel Tenextatiloyan, Puebla, y el Grupo Interdisciplinario de Tecnología Rural Apropiada A. C., para manifestar nuestras preocupaciones y propuestas a diversas iniciativas que pretenden regular la actividad artesanal; de las cuales destacan las siguientes:
Al ser la actividad artesanal una forma de manifestación cultural y de pervivencia de los pueblos y comunidades indígenas de México, es necesario dar cumplimiento al derecho a la consulta previa e informada de cualquier política y legislación que se pretenda desarrollar en esta materia.
Las iniciativas de ley que se han propuesto hasta el momento se enfocan en fortalecer más la estructura administrativa que resolver los grandes problemas que enfrentan los artesanos como son los derechos al trabajo digno, a la salud, al retiro, a la capacitación, al desarrollo, a la educación; en resumen las leyes no contemplan los derechos económicos, sociales y culturales de los artesanos y las artesanas.
Las iniciativas no contemplan los derechos de la mujer, ni resuelven la problemática de las mujeres artesanas en general, y mucho menos de las artesanas indígenas quienes sufren una cuarta discriminación, por ser mujeres, indígenas, artesanas y pobres. En años recientes hubo varias violaciones de derechos humanos a mujeres artesanas indígenas, las cuales fueron despojadas de sus artesanías por funcionarios públicos.
El problema de la piratería, la falta de reconocimiento y respeto a los derechos colectivos de propiedad intelectual, han propiciado la apropiación de diseños por parte de empresas de diseño tanto mexicanas como extranjeras, así como de copias de menor calidad de origen chino. También se ha generado más pobreza y pérdida cultural. Estos aspectos se agravarán con la firma del Acuerdo de Asociación Transpacífico que se está negociando a escondidas, ya que no hay una participación social, y por lo tanto, el conocimiento tradicional no es ajeno a ser afectado del monopolio generado a través de la propiedad intelectual.
La discriminación al conocimiento tradicional de pueblos y comunidades indígenas sigue siendo uno de los grandes obstáculos para el pleno respeto de su autonomía y para su desarrollo.
A pesar de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos y los tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, así como el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, entre otros, las autoridades en sus diferentes niveles de gobierno y poderes públicos siguen sin respetar los derechos culturales de los pueblos y comunidades indígenas.
Ahora que se empieza a discutir de nueva cuenta la vigencia y la importancia de los Acuerdos de San Andrés, reafirmamos la necesidad de eliminar cualquier forma de discriminación hacia los pueblos y comunidades indígenas, y es en razón ello que se deben hacer las reformas necesarias para el reconocimiento y respeto de los derechos colectivos de propiedad intelectual, los derechos económicos y sociales que permitan ejercer un desarrollo de acuerdo a la visión de las comunidades indígenas y locales, así como conservar su cultura y fortalecer su autonomía y autodeterminación.
En los Acuerdos de San Andrés en el capítulo sobre Educación y Cultura se expresan dos aspectos para terminar con la discriminación y fomentar la participación de los pueblos y comunidades indígenas:
“Los Gobiernos Federal y Estatal promoverán la realización de campañas de concientización nacional para eliminar los prejuicios y racismos y para que se legitime socialmente la autonomía de los pueblos indígenas y su derecho a la autodeterminación” […] “Los pueblos indígenas, en coordinación con los gobiernos del estado de Chiapas y de la República, realizarán una revisión y reestructuración profunda de las instituciones y dependencias de desarrollo, educativas y culturales que inciden en su medio, de acuerdo a sus intereses y tradiciones y en función de fortalecer su participación y dirección en el diseño, planeación, programación, ejecución, manejo y supervisión de las acciones y políticas que inciden en las comunidades, pueblos y regiones indígenas.”[1]
Las nuevas reformas para la protección de la actividad artesanal también deberán considerar la perspectiva de género y el fortalecimiento de los derechos de las mujeres indígenas artesanas. Los acuerdos de San Andrés son claros en la necesidad de reconocer y respetar los derechos de las mujeres indígenas, y expresan que la legislación debe incorporar el respeto a sus usos y costumbres garantizando sus derechos humanos, derechos laborales, derechos a la salud, a la educación, a la vivienda, a la alimentación. La actividad artesanal la realizan preponderantemente las mujeres, muchas de ellas además de avocarse a esta actividad, desempeñan una jornada laboral adicional, sin dejar de lado el cuidado de la familia; a pesar de esta tripe jornada laboral, las mujeres indígenas artesanas no cuentan con derechos laborales, ni prestaciones de salud, vivienda, pensión, su trabajo es considerado como informal lo que genera discriminación y falta de valoración del trabajo de las mujeres artesanas.
Por todo lo anterior exigimos nuevamente:
Que para cualquier política e iniciativa legislativa se respeten los derechos humanos de artesanos y artesanas indígenas, en especial los inmersos en el propio ejercicio del derecho a la consulta, así como de los económicos, sociales y culturales.
Que los derechos de las mujeres artesanas indígenas sean salvaguardados en cualquier política y legislación.
Que se genere concientización a los funcionarios públicos y a la sociedad en general de la importancia del conocimiento tradicional para el desarrollo de los pueblos indígenas y de México, así como su respeto y protección con la participación de los titulares del conocimiento.
Que se establezca una cláusula de salvaguarda por parte del gobierno mexicano en el Acuerdo de Asociación Transpacífico que proteja el conocimiento tradicional y la propiedad colectiva de pueblos y comunidades indígenas de cualquier apropiación y monopolio.
Que se haga una reforma estructural en temas de derechos de propiedad intelectual que termine con la discriminación que se da al considerar el conocimiento tradicional como de dominio público. Las innovaciones y creaciones de los pueblos y comunidades indígenas son de los pueblos y comunidades, ellos son los sujetos de derechos tanto morales como patrimoniales. A ellos les corresponde el derecho de decidir sobre su uso y disposición.
México D. F. a 25 de febrero de 2014, a la(s) 17:44.
Atentamente:
responsables de la carta.
Artesano
José Luis Adame Hernández
Casa de Los 11 Patios
Pátzcuaro
manta_adame@hotmail.com
Artesano
Mario Agustín Gaspar R.
U. Laca Perfilada
Pátzcuaro
seshashimexico@gmail.com
Artesano
L. Manuel Morales Gámez
Alfarero
Tzintzuntzan
moralestz@yahoo.com.mx
Jaime Navia Antezana
GIRA A.C
jnavia@gira.org.mx
Rocio Becerra Montané
Seminario de Investigación sobre Sociedad del Conocimiento y Diversidad
Cultural, UNAM
rocio.montane@gmail.com
Patricia Basurto Gálvez
Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
patybasjur@hotmail.com
[1] Acuerdos de San Andrés, documentos 3.1 y 3.2 (1996), consulta del 24 de febrero de 2014 en: www.cedoz.org/site/content.php?doc=367&cat=6
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